Por los fundamentos expuestos, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO EN LA DEMANDA DE ACCION MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, suscrita por la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.329.624, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana MARIA DEL CARMEN MORON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.329.624, domiciliado en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, en fecha Veintiséis (26) de Septiembre de 2016. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. .....