Por los fundamentos expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, DECLARA:
• Su incompetencia para conocer el presente Recurso de Hecho interpuesta por la Abogada en ejercicio CHRISTINE GILARRANZ WICKLIFF, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil SEGUROS CONSTITUCION, antes identificada, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, de fecha dieciocho (18) de Septiembre de 2013, y en consecuencia;
• DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, para conocer del presente Recurso de Hecho, para lo cual se ordena remitir la presentes actuaciones a los fines de que conozca de la misma.- ASÍ SE DECIDE.
• No hay condenatoria en costas .....