Por los fundamentos de Hecho y de Derechos este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado GABRIEL ERNESTO MORILLO VIELMA, , de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la cédula de identidad N° V-19.937.646, fecha de nacimiento 28-11-1987, de 24 años de edad, hijo de ERNESTINA DEL CARMEN VIELMA CASTRO y RONAL ENRIQUE MORILLO, profesión u oficio Mecánico, con domicilio en el Sector Santa Lucia, Calle 87, Avenida 2A, Casa N° 2A-69, detrás de la Antigua Cervecería Zulia, del Estado Zulia, a cumplir la pena de a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley previstas en el articulo 16 y 33 del Código Penal l, por ser AUTOR, en la comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en el artículo 277 del Código Penal, cometid.....