DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado ISRAEL JESÚS AREVALO CUELLO, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 13-07-1983, titular de la cédula de identidad N° 18.005.148, hijo de Maria Cuello y Guillermo Arévalo, residenciado en Los Cortijos, Sector Andrés Bello, Km. 12-13, Calle 218, Casa N° 49-175, Municipio San Francisco Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en al artículo 494 en concordancia con los artículos 495, 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito COAUTOR EN EL DELITO DE APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal. Regístrese, ofíciese y notifíquese.
LA JUEZ.....