Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por la ciudadana ALBERTINA ELENA HERNÁNDEZ FERREBUZ en contra del ciudadano MODESTO MARCELINO VELIZ PAREDES, de nacionalidad ecuatoriana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. E- 81.259.372, la cual fue basada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, que trata sobre el abandono voluntario. En consecuencia, QUEDA DISUELTO ÉL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día Veinticinco (25) de marzo de mil novecientos setenta y siete (1977), por ante el Juez y Secretario del extinto Juzgado Quinto de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que corre inserta en las actas en el folio cuatro (4). ASI SE DECLARA.
Se deja expresa cons.....