Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la libertad Inmediata por cumplimiento de la pena principal a favor del penado CASTRO ABRAHAN SEGUNDO O RODRIGUEZ ANTONIO, portador de la cédula de identidad No. V-15.493.106, venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, de 25 años de edad, soltero, Obrero, hijo de Abrahan Morales y Gladis Rodríguez, residenciado en el Barrio Palo Negro, calle 93, casa Nª 35-28, Parroquia Idelfonso Vásquez, de esta ciudad de Maracaibo, la cual se hará efectiva a partir de la presente fecha, en virtud de que el aludido penado cumplió la pena principal, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad como pena accesoria, por una cuarta parte (1/4) del tiempo de la condena, hasta que culmine la misma, el día 26-09-2006, en razón de lo cual ordena su comparecencia por ante este Tribunal el día 03-05-06, .....