este Tribunal, de seguida pasa a realizar las siguientes consideraciones: PRIMERO: CONTENIDO DE LA SANCIÒN. En fecha 06-02-09, este Juzgado procedió a poner en estado de ejecución la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, impuesta por el Juzgado Segundo de Control, sección de adolescentes, por el lapso de SEIS (06) MESES, aplicada por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 626 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa 1E-1633-09 causa esta que se encuentra acumulada a la causa 1E-1453-08 por auto de fecha 02-04-09. En fecha 03-11-08 le fue realizado el computo de las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDCTA, por el tiempo de 02 AÑOS y 08 MESES, estableciendo en esa fecha que el inicio de dicha sanción comenzaría a partir del día 03-11-08, determinando como fecha de finalización de la sanción el día 03 de Julio del año 2011.- Ahora bien, de la revisión efectuada a lo.....