SE DECIDE: PRIMERO: DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano imputado ENDER JOSE TORRES RODRIGUEZ, Venezolano, de 31 años de edad, natural de Cabimas, fecha de nacimiento 12-03-1977, casado, profesión u oficio mecánico, hijo de Luis Alberto Torres y Martha Rodríguez, Titular de la cedula de identidad N° V-14266618, domiciliado en la Carretera "L", Calle 5, Casa No. 41, entrando por la Constructora SERVIC, como a 300 metros aproximadamente, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, consistente en la presentaciones CADA TREINTA (30) DÍAS, así mismo la medida de protección prevista en el articulo 87 Ordinales 5° y 6° De La Ley Orgánica Sobre el derecho de la mujer a una vida libre de violencia; por lo que deberá el Imputado, abstenerse de acercarse a la ciudadana MARIA ELIZABETH ZAMBRANO SANABRIA; en consecuencia, no podrá acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la Victima, igualmente el ciudadano ENDER.....