Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SÈPTIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CULPABLE AL CIUDADANO NESTOR ALFONSO CUETO GONZALEZ, Venezolano, Natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 14/11/1977, de 32 años de edad, Soltero, Profesión u Chofer, Cédula de Identidad No. V-13.834.926, hijo de MARIA LEAL DE MARTINEZ y RICARDO MARTINEZ, residenciado en la Avenida 16, Casa No. 16.21, Sector Delicias, Municipio Maracaibo, el cual deberá cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, como AUTOR en la presunta comisión del Delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código Penal. Dada, sellada y firmada en el Juzgado Séptimo de Juicio de.....