este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por las abogadas JOSEFA PINEDA, BLANCA YANINE RUEDA y SUMY HERNANEZ, en sus caracteres de Fiscales Titular y Auxiliares de la Fiscalía Trigésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción judicial del estado Zulia, y en consecuencia, decreta EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa, seguida en contra del joven adolescente ( SE OMITE IDENTIDAD ART 545 LOPNNA), de nacionalidad venezolana, natural del Mojan, fecha de nacimiento 14/06/1992, de 17 años, titular de la cédula de identidad Nº V-24.255.976, estudiante del sexto grado en el Colegio Maria Núñez , hijo de Rosa Angélica Marimon y Manuel Salvador Atencio, residenciado en el Sector Las Malvinas, a tres casas del Abasto Treinta.....