DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia;
• QUEDA DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los ciudadanos: BELKIS DEL CARMEN MARTINEZ BRACHO y ROMULO SEGUNDO DOMINGUEZ CARIDAD, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-10.205.696 y V-3.454.028, respectivamente, ambos domiciliados en esta Ciudad y Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, quienes contrajeron matrimonio civil, el día veintiocho (28) de Noviembre de 2007, ante la Prefectura de la Parroquia Alonso de Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, según se evidencia en acta.....