En consecuencia este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, luego de decidir en AUDIENCIA PRELIMINAR, efectuada en esta misma fecha en presencia de las partes, ORDENA LA APERTURA A JUICIO, de la Acusada URENA MARIA MOLINA ROBLES, Venezolana, Natural de Caracas, oficios del hogar, de 35 años de edad, Cédula de identidad No 10.335.857, Fecha de Nacimiento 11-11-69, hijo de Enrique Molina y Pilar Robles, residencia natural Caracas calle Maria May , edificio Mis Encantos, piso 3 apto 3-01, El Hatillo Estado Miranda, residenciada en atención a la medida en el Domicilio de la Ciudadana Yerlenis Rosa Penso Bolaño, titular de la cédula de identidad No 19.645.240, Barrio La Conquista, Sector Panamericano, calle 64, avenida 91, casa No 91-28, Parroquia Venancio Pulgar Municipio Maracaibo, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 del Ley Orgánica sobre Sustancias Estupef.....