Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano MELVIS ENRIQUE RODRÍGUEZ PEREIRA, identificado en actas, en fecha del 29 de febrero del año 2024 en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha del 21 de febrero del año 2024.
SEGUNDO: se REVOCA el auto dictado en fecha del 04 de marzo del año 2024, mediante el cual el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, oye la apelación interpuesta por el apode.....