Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA No. 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición propuesta en fecha 16 de noviembre del presente año, por la profesional del derecho EGLEE DEL VALLE RAMÍREZ, Jueza adscrita a la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se inhibe del conocimiento en el asunto recursivo No. VP03-R-2017-001272, concerniente al recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho RUDIMAR RODRIGUEZ ROSALES, Defensora Público Decima Quinta (15°) Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en su carácter de defensora pública de los ciudadanos NASUMER CANTILLO, MARILU MONTIEL y ASIA ANZOLA, en contra la decisión N° 155-17 de fecha 12 de septiembre de 2017 dictada por el Juzgado Octavo.....