Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, efectuado por el imputado ARNALDO RAFAEL VELOZ GONZÁLEZ, en fecha 04.04.2017, en relación al recurso de apelación de auto interpuesto por las abogadas en ejercicio BELKIS ALEJANDRA VÁSQUEZ y YOSUSSI HERNÁNDEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo el No. 80.448 y 99.826, como defensoras privadas del ciudadano ARNALDO RAFAEL VELOZ GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad No. 7.021.034, en contra de la decisión de fecha 08.03.17, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Cabimas, en la cual se admitió la acusación Fiscal presentada por la Fiscalía 44° del Ministerio Público de conformidad con e.....