Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho ROBERTO DE JESÚS DELGADO GARCÍA, actuando con el carácter de defensor del imputado CÉSAR ALBERTO COVARRUBIA RADOR, contra la decisión dictada en fecha 29 de Abril de 2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la cual le fueron impuestas al imputado antes identificado, las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo previsto en los numerales 3 y 4 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia REVOCA las medidas cautelares sustitutivas a la privación judicial preventiva de libertad impuestas al ciudadano CÉSAR AL.....