DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto en sede constitucional por el profesional del Derecho , GUSTAVO UHIA actuando en este acto con el carácter de Vicepresidente de la ASOCIACION DE CONDUCTORES POR PUESTO LA POMONA, asistido judicialmente en este acto por el profesional del derecho OSCAR JOSE FUENMAYOR URRIBARRI, inscrito en el inpreabogado bajo el número 22.855, contra la decisión Nro. 016-06, de fecha 03 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancias en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se declaro en primera instancia constitucional, Inadmisible la acción de amparo, e conformidad con lo establecido en el ordinal 2 del.....