PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente tutela constitucional incoada por el abogado en ejercicio EROL OSCAR EMANUELS SPERANDIO, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ELVIS JOSÉ GOTOPO, en el asunto seguido en contra de los ciudadanos HUGO JOSÉ RINCÓN RAMÍREZ, JEAN CARLOS PALMAR PALMAR y RICARDO FIDEL ZAMBRANO LEAL, por la presunta comisión de los delitos de CONTRABANDO AGRAVADO y MANEJO INDEBIDO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, previstos y sancionados en los artículos 20 numeral 14 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando y 102 ordinal 5° de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por cuanto sobre el vehículo solicitado recae una medida pracautelativa de aseguramiento en virtud del delito de CONTRABANDO AGRAVADO, el cual se encuentra enmarcado en los delitos económicos cuya competencia fue asignada a la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia; declaratoria de incompetencia que efectúa esta Alza.....