IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara SIN lugar el recurso de apelación presentado por el abogado en ejercicio JESÚS ANTONIO RIPOLL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.780, actuando en representación del ciudadano NELSON LUIS GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, contra el auto de fecha 01-01-2006, según Decisión N° 005-06, dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control mediante el cual decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y ROBO A MANO ARMADA, en perjuicio de HUMBERTO ROSENDO, en con.....