IV
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Abogado Humberto Darry Pérez Suárez, actuando en su carácter de Defensor del ciudadano Orlando José Barrios Villegas, contra la decisión Nro. 1807-06, de fecha 07 de mayo de 2006, dictado por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; mediante la cual decreta medida de privación judicial preventiva de libertad en contra del referido imputado supra identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia se CONFIRMA la decisión impugnada.