El Tribunal OTORGO al residente NECTARIO ANTONIO LABARCA MELEAN, titular de la cédula de identidad No. 7.786.089, el PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, solicitado con oficio Nº No. CTCRAOC/479-10 de fecha 28-04-2010, suscrito por la Lic. GLORYS BARRERA M., Directora del Centro de Tratamiento, y el Delegado de Prueba Sociólogo Asdrúbal Boscán, quedando bajo la supervisión del referido Centro Comunitario, para que continúe cumpliendo con todas las condiciones del Régimen Abierto, así como con las obligaciones impuestas por éste Juzgado: Presentarse por ante el departamento de alguacilazgo de este Circuito Penal cada Treinta (30) días. ¿No portar armas. ¿No consumir licor ni sustancias estupefacientes y psicotrópicas. ¿No ausentarse de la jurisdicción del Tribunal. ¿Cumplir con las obligaciones que le imponga el delegado de prueba; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamientos Comunitarios, en concordancia con el Artíc.....