Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la abogada DAMELIS BRAZON DE DUQUE, en su condición de Fiscala Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, y por vía de consecuencia, decreta Medida de Protección Judicial, por un lapso de seis (06) meses, a favor del ciudadano PEDRO LUIS GERONIMO HOYOS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº E-83.448.204, de 28 años de edad, residenciado el Barrio Valle Encantado, calle 01, casa s/n, sector Cuatro Esquinas, Municipio Francisco Javier Pulgar del estado Zulia, teléfono 0426-8758537, y a su entorno familiar, con fundamento en los artículos 26 y 55 de la C.....