Por todos los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena ratificar el contenido del oficio Nº 2488-2008, de fecha 18 de noviembre de 2008, dirigido al Comandante de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Comando Regional Nº 3, Destacamento de Fronteras Nº 32, con sede en Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, requiriéndole se sirva brindar custodia personal y permanente a la ciudadana LESBIA GONZALEZ, toda vez que con esta misma fecha se recibió solicitud, suscrita por el ciudadano JORGE ENRIQUE PRIETO, en su condición de Fiscal Superior (E) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante la cual requiere sea acordada Medida de Protección, por un lapso de seis meses, a favor de la ya tantas veces nombrada ciudadana LESBIA GONZALEZ, con fundamento en los art.....