decide Por todos los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE. PRIMERO: Admite totalmente la acusación formulada por el Abogado JOSE ANGEL CAMACHO REYES, en su condición de Fiscal Vigésimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en contra del ciudadano JUAN JOSE OSPINO BRICEÑO, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Caja Seca, Estado Zulia, de 31 años de edad, nació el 26-09-1976, de profesión u oficio agricultor, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad v-16.351.175, hijo de Guillermo Ospino y de Carmen Josefina Briceño, y residenciado en la vía La Rosario, sector Las Carmelitas, calle principal, Caja Seca, Municipio Sucre del Estado Zulia., por la presunta .....