Por lasa consideraciones de hecho y de derecho este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud del representante de la Fiscalia Vigésima Cuarta del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, SEGUNDO: REVOCA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD otorgada al imputado JOSÉ DE LOS SANTOS NAVAS MÉNDEZ, de nacionalidad Venezolano, natural Maracaibo, Estado Zulia, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 09-10-1984, de estado civil Concubino, albañil, titular de la cedula de identidad N° V-19.308.258, hijo de hijo de Reinaldo Navas y de Silvia Méndez Palmar, residenciado en la avenida principal de Torito Fernández, calle 121, casa N° 121, Barrio Santana, Parroquia Antonio Borjas Romero. Municipio Maracaibo Estado Zulia, en su lugar DEC.....