Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA en cuanto a la aprehensión del imputado de auto, a favor del imputado NELSON JOSE RAMIREZ BARRIOS, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Titular de la Cédula de Identidad N° V-13.370.727, fecha de nacimiento 20/08/1977, de 30 años de edad, profesión u oficio tapicero, soltero, hijo de MAGALI BARRIOS DE RAMIREZ Y DE ROLANDO RAMIREZ CABALLERO, y residenciado en el Sector Haticos por Arriba, Av 19A, Barrio La Bandera, casa N° 25G-78, a tras casas de la agencia de lotería La Conga II; del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Teléfono N° 0261-7642604; de conformidad con lo dispuesto en los artículo 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Penal y por vía de con.....