Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA ENTREGA EN DEPOSITO, de conformidad al articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al JOSÉ ISMAEL VILORIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.859.461, domiciliado en esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, asistido en este Acto por el Abogado en ejercicio JOSÉ CHAPARRO, Titular de la Cédula de Identidad N°. V-5.849.774, Inscrito ante el Inpreabogado bajo el N°. 65.252, del vehículo que reúne las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1978, MODEO: CAPRICE, SERIAL DE CARROCERÍA: 1N69LHV112774, SERIAL DE MOTOR: C6F211922V0722TYZ, USO: PARTICULAR, COLOR: AZUL, PLACAS: ADL-20S. El cual quedará autorizado el solicitante a conducir el vehículo por el Territorio Nacional, sometido igualmente a las obligaciones a.....