SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor de la imputada: CANDELARIA MAYO DE HORTA, de nacionalidad Colombiana, Natural de Cartagena de Colombia, Titular de la cedula de identidad Nro. E- 45.592.978, De Estado Soltera, De 27 años de edad, De profesión u Oficio Comerciante, Fecha de nacimiento 04-12-76, hija de CANDELARIA DE HORTA y de FAUSTO MAYO, domiciliado en el Barrio Las Trinitarias, casa 98-54, de a tres cuadras de la Escuela Manuel Felipe Tovar, de conformidad con lo establecido en los Ordinales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 260 Ejusdem por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y saticionado en el artículo 417 del Código Penal, con aplicación del artículo 420 Ejusdem, cometidas en perjuicio de la ciudadana: MAGALI JOSEFINA CORDOVES ALAVREZ