Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión de la imputada EUCARIS DAYANA ANDRADEZ, de nacionalidad Venezolana, natural del Vigía, Estado Mérida, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 03-06-1982, soltera, de profesión u Oficio del hogar, cedula de identidad N° V-15.986.135, hija de DIRIMO NAVA y LUISA ANDRADEZ, residenciada en la Cañada de Urdaneta, El Carmelo, sector el Montecito, calle 4, casa S/N, frente a la antigua Carnicería el Toro, la Cañada de Urdaneta, Estado Zulia, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YESENIA YABRINA FERNANDEZ RANGEL, por lo que se CALIFICA LA FLAGRANCIA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 44.1 de la Constitución de la Repu.....