Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA LIBERTAD PLENA a favor del imputado RICHARD JOSÉ NAVA NAVA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 11-08-1067, de 39 años de edad, Cédula de identidad N° 10.446.945, de estado civil casado, de profesión u oficio Técnico en Máquinas de Escribir, hijo de Antonio Reyes (d) y de Lesbia Hernández, domiciliado en La Limpia, sector Ayacucho, Av. 84, Calle 79D, Nº 79D-47, a dos cuadras del Restaurant Pekín, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los numerales 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ORDEN PÚBLICO, ya que est.....