III
PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE LA SECCION DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE:
PRIMERO: Sustituir la sanción de Privación de Libertad prevista en el articulo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta al joven adulto SE OMITE. GARANTÍA DE CONFIDENCIALIDAD. ARTICULO 545 LOPNA, y procede a aplicarle las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, previstas en los artículos 626 y 624 de la misma ley especial, las cuales deberán ser aplicadas de manera simultanea por un lapso de DOS (2) AÑOS, para ser cumplida desde hoy, y hasta el día DIECISIETE (17) DE MARZO DEL DOS MIL SIETE, quedando actualizado el computo de fecha 13-03-2.003, (resolución N° 55-03). Conforme a lo que establece el artículo 626 de la mencionada Ley se design.....