Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR, la apelación interpuesta por el profesional del derecho ALBERTO SALAZAR, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ZEILAN SALAZAR URRIBARRI, ya identificada, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha primero (1°) de abril de 2014; y por vía de consecuencia:
• ORDENA, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Cabimas, se sirva emitir pronunciamiento sobre la procedencia o no de admisión de la reconvención peticionada por el profesional del derecho ALBERTO SALAZA.....