Por los fundamentos expuestos, esta Juez Unipersonal No. 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE VISITAS, intentada por el ciudadano JORGE AUGUSTO ARROYO SOSA, en contra de la ciudadana MARIA TERESA GONZALEZ ROJAS, suficientemente identificados,
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por el ciudadano JORGE AUGUSTO ARROYO SOSA, en fecha 12 de Julio de 2006, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento del presente juicio de Visitas en contra de la ciudadana MARIA TERESA GONZALEZ ROJAS.