declara:
¿ Aprobado y Homologado el convenio de Obligación de Manutención, celebrado por los ciudadanos ARELIS DEL CARMEN PICON FERRER y RAIMUNDO JOSÉ URDANETA AGUIRRE, ya identificados. En consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada, formal más no material. Así se decide.
¿ Suspendidas las medidas preventivas de embargo decretadas por esta Sala de Juicio ¿ Juez Unipersonal No. 4, en fecha 05 de Junio de 2.008, y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 20 de Junio de 2.008.
¿ Ordena oficiar a la empresa LUKIVEN, S. A., a los fines de informarle acerca de la suspensión de las medidas de embargo antes señaladas.
Publíquese y Regístrese.