decide:
a) DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES de los ciudadanos ANGEL RODOLFO FERRER GUTIERREZ Y XIOMARA ELENA ROMERO MONTIEL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-13.610.130 y V-15.009.585, respectivamente.
b) APRUEBA Y HOMOLOGA el convenio suscrito por los progenitores respecto de las instituciones familiares dirigidas a proteger a la niña (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD), el cual se establece lo siguiente:
• La patria potestad y la responsabilidad de crianza serán compartidas por ambos progenitores.
• La custodia la detentará la progenitora, ciudadana XIOMARA ELENA ROMERO MONTIEL.
• En relación a la Obligación de Manutención, el progenitor se compromete a entregar la cantidad de Seiscientos Bolívares (Bs. 600,oo) mensuales. Así como la cantidad de Dos Mil Bolívares (Bs. 2.000,oo) el día 10 de diciembre, para los gastos de navidad (vestido, calzado, reg.....