declara:
a) SIN LUGAR la solicitud de Divorcio basada en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil, formulada por la ciudadana YSBELI DEL VALLE COLINA OLIVAR, en contra del ciudadano ENDER ANTONIO BRICEÑO MATHEUS, ya identificados.-
b) SUSPENDIDAS, las medidas preventivas de embargo decretadas por este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en fechas 04 de marzo y 24 de mayo ambas del año 2005; ejecutadas la primera mediante oficio, signado bajo el Nº 05-601, y la segunda ejecutada por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de mayo de 2005. -
Se condena en costa a la parte perdidosa por haber sido vencida en el presente juicio, de conformidad con el artículo 274 Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, Regístrese.