declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del niño (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el No. 1367, de fecha veintitrés (23) de Octubre de Mil Novecientos Noventa y Seis (1.996), del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y en la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia; por consiguiente, queda rectificada la referida acta de nacimiento, en virtud de que al momento en que se extendió dicha partida en los Libros, no aparece asentado el segundo apellido del mismo, correspondiente al primer apellido de su progenitora, el cual es GASTELBONDO, asimismo, se omitió en la mencionada acta de nacimiento la cédula de identidad de ésta, No. V-22.452.559, y su nacionalidad, la cual es venezolana, así como, no se estampó la respectiva nota marginal del reconocimiento realizado por la.....