PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
a) Aprobado y homologado el convenio de Régimen de Convivencia Familiar, celebrado entre los ciudadanos LUIS JOSE RANGEL NAVARRO y CHIQUINQUIRA COROMOTO RODRIGUEZ GUERRA, antes identificados, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD; en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
b) El progenitor podrá visitar a su hija, los fines de semana de forma alternada, los días viernes, sábado y domingo, de forma alternada y sin interferir el horario de clases. Comenzando éste fin de semana desde el jueves 01/07/2010; a las 09:00 a.m., hasta el sábado a las 06:00 p.m.-
c) En cuanto a los dí.....