PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR la solicitud de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, solicitado por el ciudadano Deivyd Enrique Galban Ávila, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-13.627.240, domiciliado en el municipio Maracaibo del estado Zulia; en contra de la ciudadana María Chiquinquirá Nava Olivares, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-15.013.372, domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en relación con los niños (nombre omitido, art. 65 lopnna).