CON LUGAR la presente demanda por Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana Jennifer Ester Zambrano López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.097.053, en contra del ciudadano Javier Enrique Correa Marciales, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-18.494.498 Así se declara.-
En consecuencia, en virtud de la efectiva existencia en el presente procedimiento de los hechos alegados y tomando en consideración la capacidad económica del demandado, y las necesidades de la niña de autos, se fijan las siguientes cantidades:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para el niño de autos, la cantidad equivalente al veinticinco por ciento (25%) del salario que devengue mensualmente el ciudadano Javier Enrique Correa Marciales, luego de hechas las deducciones de ley, lo que equivale a la cantidad de quinientos siete bolívares con cinco céntimos (Bs. 507,05), dejándose claro que esta cantidad puede variar d.....