PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal Nº 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos Jose Orlando Cañas y Maria Audalina Paredes, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.202.914 y V-11.215.680, respectivamente, domiciliados en el municipio San Francisco, del estado Zulia, en consecuencia
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha veintinueve (29) de noviembre de 1.992, por ante el Jefe Civil y Secretario de la parroquia Florencio Ramírez del municipio Caracciolo Parra y Olmedo, del estado Merida, según se evidencia del acta de matrimonio consignada en actas signada bajo el Nº 17.
c) En relación con e.....