a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos Elmis Joel Fernández Larreal y Yelitza Elena Ávila Urdaneta, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-16.169.480 y V-16.186.907, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia, en consecuencia:
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha dieciséis (16) de marzo de dos mil dos (2002), por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Domitila Flores del municipio San francisco del estado Zulia, según se evidencia del acta de matrimonio consignada en actas signada bajo el Nº 52.
c) En relación con el régimen de la niña: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza serán ejercidas por ambos progenitores. Con respecto al ejercicio de la custodia, el régimen de convivencia familiar y la obligación de manutención, el Tribunal acoge lo establecido por los progenitores de común acuerdo, ya narrado en la pr.....