PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos: MIREIDYS DEL VALLE BALLESTERO DE CORONEL y PEDRO ALBERTO CORONEL PRIMERA, ya identificados.
b) Disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha diecisiete (17) de diciembre de 1994, por ante el Jefe Civil de la parroquia Elías Sánchez Rubio, municipio Páez del estado Zulia, según se evidencia del acta de matrimonio consignada en actas signada bajo el No.24
c) En relación con el régimen de los hijos: La Patria Potestad y la responsabilidad de crianza le corresponde a ambos progenitores, con respecto a la custodia, régimen de convivencia familiar .....