PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala de Juicio, Juez Unipersonal No. 3 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
CON LUGAR la solicitud de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, solicitado por el ciudadano Robín Elías Cantillo Rico, extranjero, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. E-83.460.162; en contra de la ciudadana Milagros del Valle Portillo Villasmil, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V-16.354.153, en relación con la niña Nombre omitido art.65, en consecuencia, fija el siguiente régimen de convivencia familiar: