PARTE DISPOSITIVA
DESICIÓN
Por los fundamentos expuestos este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE: AUTORIZACION SUFICIENTE a los ciudadanos ALEIDY MARIA y EDGAR ALEJANDRO ECHARRY AÑEZ, y a la ciudadana ALEIDA JOSE FINA AÑEZ NUÑEZ, actuando en representación de su hija, venezolanos, mayores de edad los tres primeros y menor de edad la ultima de las nombradas, titulares de las cedulas de identidad Nos. 17.835.170, 19.087.031, 4.993.477, BELKIS GONZALEZ BELANDRIA, actuando en representación del adolescente de autos, venezolanos mayor de edad la primera y menor de edad el ultimo de los nombrados, titulares de las cedulas de identidad Nos. 10.915.731 y la ciudadana ANTONIA RAMONA NAVARRO REYES, actuando en representación de la adolescente y el niño de autos, para proceder a la venta de un vehiculo con las siguientes características: Marca: Jeep, Modelo: Grand Cheroke.....