Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: MARCOS JAVIER BARRERA BOHORQUEZ Y ELIANA GUADALUPE BAEZ PINEDA.
b. En cuanto a la Patria Potestad de los niños CHRISTOPHER JAVIER Y CHRISTIAN JAVIER BARRERA BAEZ la misma será compartida por ambos Padres al igual que la Responsabilidad de Crianza y la custodia la ejercerá la progenitora; en cuanto a convivencia familiar se acoge lo acordado entre las partes y sobre la Pensión de Manutención, el progenitor se compromete a suministrarle a sus hijos la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES FUERTE (BF.700,00) mensualmente; asimismo cubrirá los gastos de la matricula escolar, mensualidades, útiles escolares, gastos médicos, medicinas, vestidos, educación, recreación, transporte y otros gastos que necesiten los niños, de acuerdo a las posibilidades de sus ingresos.
c. El Tribunal acoge lo acordado por las partes en lo que respecta a la liquidación de la comu.....