CONCEDE AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana SCARLET CH. MARIANI CORREA titular de la cédula de identidad N° 12.406.594, para que en su carácter de curador de la adolescente JELEANA DE LOS ANGELES CORREA CANALES, titular de la cédula de identidad N° 20.380.464, venda los derechos que le corresponden a la referida adolescente en un inmueble ubicado en la calle 92, signado con el N° 14-40, Sector Saladillo, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual posee un área aproximada de (98,60 mts2) el cual mide (4,93 mts) de latitud por (20 mts) de longitud, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Linda con propiedad que es o fue de Helimenar Albornoz; SUR: Su frente, linda con vía Pública calle 92; ESTE: Linda con propiedad que es o fue de Carmen Arrieta y OESTE: linda con propiedad que es o fue de Abrahan Rodríguez y esta distinguida de la siguiente manera: Pasillo de entrada, sala-comedor, dos (2) dormitorios, pasillo de ci.....