Resuelve:
a) Se decreta la Separación de Cuerpos, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: VICENTE RAMON GOMEZ y EVELYN CRISTINA MORENO CHACON.
b) En cuanto a la Patria Potestad de los niños VALENTINA CHIQUINQUIRA e ISAAC DE JESUS GOMEZ MORENO, la misma será compartida por ambos padres; la Guarda y Custodia de los niños antes nombrados será ejercida por la madre, en cuanto al régimen de visitas, el padre podrá visitar a sus hijos todos los días, siempre que no interrumpa sus horas de descanso y estudio. Con respecto a la pensión alimentaría, el padre suministrará a sus hijos una pensión de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) mensuales. Igualmente el padre se compromete a sufragar los gastos correspondientes a la educación de los niños de autos, así como también los gastos médicos, medicinas, en el mes de Septiembre los gastos de uniformes, útiles escolares y todo lo que ellos necesiten en todo a su educación, en el mes de diciembre se compromete a comp.....