En virtud, por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA en el presente juicio de NULIDAD DE VENTA incoado por el ciudadano WILLIAN JOSE PERNIA TORRES en contra de los ciudadanos LIRAINY FAELIP VILLALOBOS GONZALEZ y HERIBERTO ARTEAGA QUIROZ:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de CONFESIÓN FICTA interpuesta por la parte demandante, en consecuencia:
• CON LUGAR la demanda que por NULIDAD DE VENTA intentara el ciudadano WILLIAN JOSE PERNIA TORRES en contra de los ciudadanos LIRAINY FAELIP VILLALOBOS GONZALEZ y HERIBERTO ARTEAGA QUIROZ, ya identificados, en la parte narrativa de este fallo, y de esta manera:
* Se declara NULA la venta realizada por la ciudadana LIRAINY FAELIP VILLALOBOS GONZALEZ, sobre unas mejoras fomentadas sobre .....