por lo cual este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara , al ciudadano EDISON ENRIQUE DELGADO ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nro. 2.877.100, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos EDICSON JOSÉ, EDINSON ENRIQUE y CAROLINA MARIA DELGADO LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 6.748.056, 11.292.864 y 12.514.785, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana DELIA MARGARITA LEAL DE DELGADO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.882.731 el día dieciocho (18) de Marzo de 2.008, quien falleció ab-intestato en la Urbanización Altos de la Vanega, Avenida 64 casa N° 99B-77 de la Parroquia Francisco E.....